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Ley #6088. Establece la creación del INCIENSA como entidad adscrita al Despacho de la Ministra(o) de Salud, con la misión de “realizar programas nacionales de investigación y enseñanza en el campo de la salud y la nutrición”. Publicada en el Diario Oficial La Gaceta del 16 de noviembre de 1977. Esta Ley modifica el artículo 1, de la Ley #4508.
Decreto Ejecutivo #26656-S. Contempla el Reglamento General del INCIENSA. Se define la Institución como el organismo responsable de dirigir, conducir y ejecutar investigaciones en materia de salud y participar en los procesos de vigilancia epidemiológica y enseñanza, en concordancia con las prioridades del país. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta, #26, del 20 de febrero de 1998.
Ley #8270. Otorga al INCIENSA la personería jurídica instrumental y, a la vez, lo reconoce como responsable de la vigilancia epidemiológica basada en laboratorios, de las investigaciones prioritarias en salud pública y de los procesos de enseñanza en salud derivados de su quehacer. Publicada en el Diario Oficial La Gaceta del 17 de mayo del 2002. El artículo 3 de esta Ley reforma el artículo 1 de la Ley #4508.
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